La teoría del reconocimiento de Axel Honneth como un enfoque alternativo al cartesianismo

Detalles Bibliográficos
Publicado en: Congreso Internacional de Investigación (2 : 2009 : La Plata) - [Actas] - .
Autor Principal: Arrese Igor, Héctor Oscar
Formato: Documento de evento
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Acceso en línea:https://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/trab_eventos/ev.12091/ev.12091.pdf
Resumen:En este trabajo intento mostrar que la teoría del reconocimiento de Axel Honneth puede entenderse como una concepción de la subjetividad alternativa respecto de las versiones cartesianas. Mi hipótesis es que se trata de una teoría en la que el yo no está aislado en su interior como una mónada, sino que está inserto en determinadas praxis sociales que lo constituyen en tanto que tal. Dicho de otro modo, Honneth considera que la intersubjetividad es constitutiva de la subjetividad, en la línea de las teorías clásicas de Johann G. Fichte y G.W.F. Hegel. El concepto de reconocimiento implica que el sujeto necesita del otro para poder construirse una identidad estable y plena. La finalidad de la vida humana consistiría, desde este punto de vista, en la autorrealización entendida como el establecimiento de un determinado tipo de relación consigo mismo, consistente en la autoconfianza, el autorrespeto y la autoestima. En especial, Honneth tematiza tres tipos de praxis que son formas de reconocimiento. En primer lugar, analiza el amor, que se constituye con la relación primaria entre la madre y el hijo y que le permite al sujeto poder "estar solo", articular su cuerpo de modo autónomo y expresar con confianza sus necesidades y sentimientos. A esta forma de reconocimiento le corresponde una forma de menosprecio, que es la violación o el maltrato, que va desde la violación física a la psíquica, abarcando también las diferentes formas de tortura. En segundo lugar, Honneth sostiene que la subjetividad necesita de la praxis social del derecho para poder estructurarse de modo sano. Esta forma de reconocimiento consiste en la concesión de determinados privilegios y prerrogativas al sujeto, pero en tanto que miembro del concepto universal de persona. De este modo, el sujeto es reconocido como un legislador potencial en relación con el derecho en cuestión y, por lo tanto, como una persona que puede autolegislarse moral y jurídicamente. El reconocimiento de derechos implica en realidad la atribución al otro de la capacidad de cumplir con determinadas obligaciones, fundamental para la construcción de la dimensión normativa de la subjetividad. La negación de esta forma de reconocimiento es la desposesión, que no sólo implica la exclusión de determinados privilegios sino también la deprivación de la autoimagen. Es decir que conlleva que el sujeto se perciba a sí mismo como alguien sin capacidades morales y sin autonomía.Finalmente, Honneth defiende la idea de una tercer forma de reconocimiento, que denomina como solidaridad. Se trata de una serie de prácticas sociales orientadas a que el sujeto perciba determinadas cualidades suyas como valiosas en función del logro de objetivos colectivos considerados como relevantes. La forma de menosprecio que le corresponde a su privación es la deshonra, que sufren normalmente los miembros de aquellos grupos que son socialmente marginados o percibidos como extraños en relación con la cultura dominante (los hispanos en EEUU, los turcos en Europa, etc.). La teoría de Honneth tiene implicancias importantes para la psicología porque defiende una teoría de la afectividad inserta en un plexo de prácticas sociales que permiten dar cuenta de la complejidad de variables que entran en juego en el proceso de construcción de la subjetividad.