La pretensión es un pedido y algo más : diálogos entre la lingüística y el derecho procesal

Detalles Bibliográficos
Publicado en: Lexis Nexis - Jurisprudencia Argentina. Vol. 2015 No. IV (2015),1-21 2015. Buenos Aires : Abeledo Perrot, 2015
Autor Principal: Cucatto, Mariana
Otros autores o Colaboradores: Sosa, Toribio Enrique
Formato: Artículo
Temas:
Acceso en línea:https://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/art_revistas/pr.17894/pr.17894.pdf
https://ri.conicet.gov.ar/handle/11336/137728
https://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/161757
Resumen:Decir no sólo es describir algún estado de cosas o enunciar algún hecho, con verdad o falsedad; decir consiste en mucho más que eso: es realizar o hacer cosas con palabras.Cuando una persona se presenta en la justicia y reclama por lo que considera sus derechos, a ese reclamo se lo denomina pretensión. Quien pretende se autoatribuye un derecho y pide su tutela jurisdiccional. Dado que la pretensión es expresada a través de palabras, nos preguntaremos seguidamente qué actos de habla son realizados con esas palabras. O sea, trataremos de dilucidar la siguiente cuestión: pretender, ¿es hacer qué cosas con palabras? En efecto, aparecen involucrados en la pretensión varios actos de habla, de modo que, junto a su carácter directivo en tanto pedido, incluye características propias de otros actos de habla, lo que la convierte en lo que se ha denominado un acto de habla mixto o híbrido.
Descripción Física:p.1-21
ISSN:ISSN 0326-1190