Ingresar a la UNLP sin título secundario : la experiencia del ingreso de mayores de 25 años que no acreditan finalización del secundario. Antecedentes, situación actual y propuestas de modificación

Detalles Bibliográficos
Autor Principal: Estévez, Blas Darío
Otros autores o Colaboradores: Viguera, Aníbal (Director)
Formato: Tesis
Lengua:español
Datos de publicación: 2020
Temas:
Acceso en línea:Consultar en el Cátalogo
Resumen:En el presente Trabajo Final Integrador nos proponemos analizar la Ordenanza 255/01 de la Universidad Nacional de La Plata, que reglamenta el Artículo 7 de la Ley n° 24.521, conocida como Ley de Educación Superior (LES). En este artículo se estipula la posibilidad de ingreso a la Educación Superior de personas mayores de 25 años que no acrediten estudios secundarios, teniendo en cuenta para esto antecedentes y aptitudes de las personas interesadas. La Ley n° 27.204 modificó algunos aspectos sustanciales de la LES. Entre ellos, fue modificado el Artículo 7. Sin embargo, lo que respecta a la modalidad excepcional de ingreso para mayores de 25 años que no acrediten estudios secundarios, permaneció sin modificaciones. En este trabajo indagaremos sobre los supuestos teóricos en los que dicho articulado y la ordenanza que lo reglamenta se asientan; tomando como nociones centrales la inclusión educativa y valoración de esferas no formales del saber, en particular lo que mencionaremos como saberes del trabajo. Entenderemos estos conceptos como parte del debate sobre las políticas de acceso a la Educación Superior en la historia de nuestro país, donde el ingreso irrestricto ocupa un lugar destacado. Analizaremos antecedentes en la historia argentina de formas de ingreso sin estudios secundarios y reconocimiento de trayectorias no formales, y evaluaremos la aplicación de una política de ingreso similar en España. Tendremos en cuenta luego como fue la aplicación del Artículo 7 de la LES en cinco Universidades Nacionales: Lanús, Luján, Cuyo, Córdoba y Buenos Aires. A partir de esto, realizaremos un análisis situacional de la aplicación de la Ordenanza 255/01 en los años 2018 y 2019 en la UNLP y propondremos una nueva Ordenanza para reglamentar el Artículo 7 de la Ley 24.521, que tome en cuenta los lineamientos planteados por el Estatuto aprobado por la UNLP en 2008, y por el Plan Estatégico 2018-2022.
Notas:Atención: Ejemplar en formato digital solicitar por mail o visitar el sitio web del Sedici
Descripción Física:45 p.

MARC

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